Ver anterior: 2° ETAPA DE LA CONQUISTA: LEYES NUEVAS
El cabildo era un organismo dedicado al gobierno
de las ciudades y los territorios que la circundaban. También cumplían la
función de justicia en primera instancia. Cada cabildo estaba constituido por un
conjunto de funcionarios elegidos por sus vecinos, cabezas de familia. Estaba
formado por 6 a 12 regidores y dos
alcaldes mayores. A partir de 1591, los cargos también podían
ser adquiridos a través del sistema de venta de oficios.
LAS INSTITUCIONES DE
GOBIERNO COLONIAL
El gobierno de las Indias, o reinos de las indias
como se llamaba a estos territorios conquistados, se ejerció mediante dos tipos
de instituciones: las metropolitanas y las residentes. Las primeras estaban en
la Península Ibérica, y las segundas se repartían a lo largo y ancho del
continente hispanoamericano.
ORGANISMOS DE
GOBIERNO METROPOLITANOS
La Casa de
Contratación de las Indias (1503)
Las relaciones con el
continente americano fueron centralizadas desde la ciudad de Sevilla, en España. Allí se creó la “ Casa
de la Contratación de las Indias occidentales” en 1503. La Casa de
contratación tenía un carácter económico. Sus objetivos principales
eran: organizar y controlar el tráfico marítimo, recaudar los impuestos de
la Corona sobre el transporte de mercancías y viajeros, juzgar los delitos
civiles y criminales cometidos durante los trayectos trasatlánticos o en contra
de las leyes que regulaban la navegación de las Indias, y el de regular y
vigilar el movimiento migratorio a las Indias.
El Consejo de
Indias (1517) - Consejo Real y Supremo de las Indias
El Consejo Real y Supremo de Indias no adquirió su
forma definitiva hasta el reinado de Felipe II. Creado en 1524 para atender los
temas relacionados con el gobierno de los territorios españoles en América. Abarcaba
todas los aspectos del gobierno de América, salvo el militar y económico.
El Consejo de Indas realizó una
extraordinaria tarea legislativa, adaptando el extenso cuerpo legislativo que
se iba acumulando desde el inicio de la política indianas.
Una gran parte de la
legislación de Indias tenía como objeto la protección de la población
indígena: Leyes de Burgos (1515), las Ordenanzas sobre
el buen tratamiento a los indios (1526), las Leyes Nuevas (1542).
Para hacer cumplir estas leyes se creó la figura del Protector de
indios, cargo que desempeñó Bartolomé de las Casas.
ORGANISMOS DE
GOBIERNO AMERICANOS
CABILDOS
CABILDO DE SALTA |
Los cargos de alcaldes y regidores se elegían
anualmente. Para controlarlos eran
nombrados por el rey o el virrey los llamados corregidores o alcaldes mayores, que no podían ser vecinos de
la ciudad en la que ejercían ni poseer tierras ni en ella ni en su distrito.
También había corregidores de indios, dedicados al gobierno de las poblaciones
indígenas.
AUDIENCIAS
Como eslabón intermedio entre los cabildos y el
virrey, estaban las audiencias, que eran
un organismo
colegiado integrado por jueces, denominados oidores, con la función de administrar justicia y actuar como
tribunales de apelación en segunda instancia. El virrey era el presidente de la
Audiencia.
La fundación de las audiencias americanas
representó el paso de la conquista a la colonización, controlada por la Corona
española. Las primeras audiencias se establecieron en los núcleos de conquista, La Audiencia
de México (1527), La Audiencia de Lima (1542). Al final se formaron once audiencias en tierras americanas y una en
Manila (Filipinas).
El papel que desempeñaba la audiencia en su relación
con el virrey era fundamentalmente consultivo y de asesoramiento, aunque también se ocupaban de controlar sus acciones. Pero su
función fundamental era la judicial y actuaba con independencia del propio
virrey. En cuanto a la Hacienda, la audiencia tenía la misión de cuidar de los
intereses de la Corona. La audiencia asumía las funciones del virrey en caso de
muerte en activo de éste.
GOBERNACIÓN
GOBERNACIÓN
Era la circunscripción
gubernativa de la América Colonial, dependiente judicialmente de las Audiencias
y administrativamente de los Virreinatos. El gobernador realizaba funciones
administrativas, legislativas y judiciales, ayudado por un teniente de
gobernador y por un asesor letrado si no sabía de leyes. Ambos cargos solían
ser nombrados por el propio gobernador. Generalmente el gobernador recibía
también el cargo de capitán general, que aparejaba el mando militar.
VIRREINATOS
VIRREINATOS
En la cima de la organización jurídico-política
estaban los virreyes. Virrey era
el título utilizado en España, Portugal, Gran Bretaña y Francia
para denominar al representante de la monarquía en el gobierno de los reinos
situados fuera de las metrópolis.
Al residir los reyes en Castilla, durante el siglo
XVI, la institución del virreinato se hizo permanente. Los virreyes eran elegidos entre
los miembros de la nobleza española y solamente en casos muy contados fueron
nombrados para desempeñar el cargo personas nacidas en América (criollos). El
periodo de mandato estuvo limitado a seis años y luego a tres, con posibilidad
de renovación.
Las atribuciones de los virreyes eran amplias, pero estaban oficialmente muy controladas: Representaban al Rey, presidían la Audiencia, pero sin voto, nombraban los funcionarios menores, cobraban impuestos, debían hacer obedecer las resoluciones de la Audiencia. Los virreyes carecían de la independencia necesaria para actuar con iniciativa propia. A veces se
originaban disputas por la competencia por la confusión de funciones con los
gobernadores y capitanes generales. Al final de su mandato eran sometidos a una
inspección denominada juicio de residencia.
La Corona instituyó las “visitas” para
controlar a sus funcionarios, incluido el virrey. El “visitador” era nombrado
para el caso por el mismo rey y tenía que informar al rey sobre los abusos
cometidos por las autoridades, proponiendo las reformas necesarias. El virrey
estaba obligado a rendir al rey de España cuentas de todos los asuntos
importantes de su gobierno, incluidos los de carácter religioso.
Etapas del desarrollo
político de Hispanoamérica:
La América de los Austrias > siglos XVI-XVII
Durante los siglos XVI y XVII sólo existieron
dos virreinatos:
Virreinato de la Nueva
España (1535)
desde México a Panamá.
Virreinato del Perú (1542) resto del
continente, excepto la costa venezolana y las Antillas, que pertenecían a la
antigua Audiencia de Santo Domingo (1512).
La América de los Borbones: siglos XVIII-XIX
Virreinato de Nueva
Granada: (1719-
1740) con Venezuela, Colombia y Ecuador.
Virreinato del Río de la
Plata :(1776)
Argentina, Uruguay, Paraguay y parte de Bolivia.
Ver siguiente: LA SOCIEDAD COLONIAL
ACTIVIDAD:
Completá el cuadro sinóptico
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no me ayuudooo
ResponderEliminarSI m egutooo
ResponderEliminarexelente articulo me ayudo demaciado
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